martes, 17 de julio de 2012

¿SABES QUÉ DERECHOS LABORALES TE ASISTEN?

La inmunidad del embarazo



Si bien los derechos laborales de las personas funcionan con un criterio de igualdad entre los sexos, es indiscutible que la normatividad varía cuando se trata de una mujer embarazada.

De ninguna manera, el estado de gravidez de una empleada puede ser causal de despedido, pero tampoco debería ser impedimento para que sea contratada, como aún ocurre. Incluso, esa costumbre de algunos empleadores de solicitar un certificado de no embarazo para contratar a una mujer, resulta ilegal.
La mujer trabajadora que decide ser madre cuenta con una serie de beneficios y permisos legales que son buenos conocer. Antes que nada está la imposibilidad de ser despedida o quedarse sin trabajo por un periodo de tiempo.
Esta condición está consagrada en la mayoría de los textos constitucionales de los países, donde la protección de la vida del binomio madre-niño es el objetivo. Por esta razón las mujeres que viven este momento deben sentirse seguras.

El pre y posnatal
Es necesario que te informes. Por ejemplo, la madre tiene derecho a retornar al mismo puesto de trabajo al término del descanso por maternidad. Y esto es válido tanto para el sector privado como público.
El Reglamento de la Ley 26644 señala que el descanso por maternidad es el derecho de la trabajadora, derivado del proceso biológico de la gestación, que le permite gozar de 90 días naturales de descanso distribuidos en 45 días en el período prenatal y otros 45 días en posnatal. En los casos de nacimiento múltiple, el descanso posnatal se extenderá por 30 días naturales adicionales.
Las empresas por su parte deben apoyar a sus trabajadoras embarazadas, por ejemplo, con la flexibilidad de horario para que asista a sus chequeos o tomen pequeños espacios de descanso. También pueden ser más flexibles con el uso del uniforme de trabajo, si es que éste afectara la tranquilidad de la gestante.

¿Qué hacer?
La difusión de las capacidades específicas demandadas puede permitir afinar el diseño de las carreras y las exigencias al respecto de los alumnos y padres de familia a los centros educativos. Esto podría complementarse, y en algunos casos es necesario, con capacitación complementaria por parte de las empresas. La mejora de la calidad de formación de los postulantes requiere un esfuerzo mucho mayor, coordinado entre las entidades educativas privadas y el Estado como ofertante de educación pública y como ente rector del sistema educativo nacional. A ello contribuiría también la participación de los estudiantes, y de los padres de familia en el caso de la educación básica.


Diario el Peruano
Seccion actualidad
Fecha:17/07/2012

No hay comentarios:

Publicar un comentario